Ya está publicado el «esparo» Real Decreto por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.
El presente real de creto tiene por objeto establecer los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigidas de los Servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para su autorización y para el mantenimiento de estándares de calidad en su funcionamiento.
Dicho real decreto es aplicable a la actividad sanitaria tanto de servicios de prevencion de riesgos laborales ajenos como de las empresas que hayan asumido dicha actividad sanitaria con recursos propios y/o mancomunados.
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Una pena que el RD no regule el uso de dispositivos móviles, ¿cúando? ¿qué tipo de pruebas?
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Tweets prevencionar
No parece que esta descripción idílica del sector de los servicios de ...
Otra consideración: El R. D. dice que "los responsables en materia ...
Gracias por el artículo pero, tan solo, una pequeña apreciación… Ese t ...
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