
La Audiencia Nacional ha desestimado una reclamación presentada por la consejera delegada de la filial británica de Banco Santander, Ana Patricia Botín, contra la instalación de una antena de telefonía de la compañía Telefónica en un lugar próximo a su casa madrileña.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso presentado por la hija del presidente de Santander, al considerar que la demandante no ha podido demostrar que la antena produjera un exceso de emisiones radioeléctricas sobre los límites reglamentarios.
Los informes periciales presentados por Telefónica corroboraron “los niveles de campos electromagnéticos generados por varias antenas” situadas en la misma zona, una urbanización residencial cercana al estadio Santiago Bernabéu. “Están por debajo del nivel de referencia y se sitúan por debajo de los niveles medios nacionales”, señala.

La presidenta de Santander U.K. esgrimía también que el real decreto de 2001 que limita las emisiones radioeléctricas había podido quedar obsoleto ante los avances de la ciencia durante la última década.
La sentencia considera que Ana Patricia Botín “no ha aportado pruebas de las tesis científicamente prevalentes, en atención a los riesgos desconocidos en el momento en que la disposición reglamentaria fue dictada”.
Vía: @Pablo_PalaciosV
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