Consulta efectuada por ANEPA a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en cuanto a quien puede efectuar la formación que viene indicada en el artículo 19 de la Ley de Prevención de riesgos laborales y donde indica claramente que NO puede efectuarse por profesionales independientes ni por empresas que tengan la autorización para actuar como servicio de prevención ajeno.
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