
¿Cuáles serán los retos de la seguridad laboral en 2018 para cada uno de los entes implicados?
El principal reto al que se enfrentará el sector de los EPI durante 2018 estará relacionado con el proceso de implementación del Reglamento (UE) 2016/425, los cambios que introduce y la necesidad de actualizar la documentación asociada al EPI, supondrá un desafío tanto para fabricantes como para las Administraciones responsables de su aplicación e implementación.
Tras más de 25 años en vigor, la Directiva 89/686/CEE será sustituida por el Reglamento (UE) 2016/425 el próximo 21 de abril de 2018. El nuevo Reglamento introduce algunos cambios de carácter general respecto a la Directiva, como por ejemplo la mención expresa a los protectores que se utilizan en el ámbito deportivo, los cuales deberán ser comercializados según las indicaciones que se hacen en el nuevo texto legislativo. Sí que habrá algunos cambios en la categorización aplicable a algunos equipos, como la protección auditiva o los chalecos antibalas, que pasarán a ser EPI de Categoría III, y por lo tanto serán sometidos a procesos de control mucho más exhaustivos. Así mismo, el nuevo Reglamento aplicará también la venta a distancia (online) de equipos.
¿Y de ASEPAL?
ASEPAL ha mantenido un seguimiento muy cercano de todo el proceso de elaboración del Reglamento, desde los primeros borradores propuestos por la Comisión Europea, hasta la publicación definitiva de este documento en el Diario Oficial de la Unión Europea. Durante todo este proceso, hemos mantenido contactos e intercambiado opiniones con las Autoridades correspondientes, con el fin de trasladar la voz del sector a los órganos competentes de la Administración española y europea.
Ahora que el Reglamento ya está publicado, y que la mayoría de los agentes económicos involucrados en la comercialización de EPI están inmersos en la realización de las tareas necesarias para adaptarse al Reglamento, ASEPAL trabajará con ahínco para mantener puntualmente informados a sus asociados acerca de cómo implementar los cambios que exige la nueva legislación, del mismo modo en el que siempre mantiene a los asociados acerca de los cambios normativos que se producen con el fin de que planifiquen la revisión de los certificados de producto. Así mismo, ASEPAL realizará una labor de información a todos los usuarios de EPI para ayudarles a comprender mejor los cambios que el reglamento introducirá en los EPI.
¿Cómo cree que será la puesta en marcha de la nueva normativa sobre EPI que próximamente entrará en vigor?
Los aspectos clave para poder implementar cualquier cambio, son siempre la información y la claridad. Todas las partes involucradas en la comercialización y el uso de EPI deben recibir la información que necesitan para poder adaptar sus procesos y mecanismos internos en aras de suministrar y proporcionar a los trabajadores los equipos que son necesarios en cada momento.
El sector de los EPI ha realizado un esfuerzo considerable para poder seguir suministrando EPI que superen con holgura todos los requisitos legales que le son de aplicación. Por su parte ASEPAL está realizando una intensa labor de enlace entre el sector y las Administraciones a fin de facilitar una transición suave entre la actual Directiva 89/686/CEE y el futuro Reglamento.
¿Cuáles creen que serán los aspectos en los que los fabricantes, distribuidores y comercializadores necesitarán más apoyo?
El Reglamento detalla las responsabilidades de todos y cada uno de los operadores económicos implicados en la puesta en el mercado y comercialización de los EPI. La principal diferencia entre la nueva situación y la previa es que, a partir de la fecha de aplicación del nuevo Reglamento, los importadores y los distribuidores también deberán asumir las correspondientes responsabilidades que en él se contienen, haciendo frente a las correspondientes sanciones. Por lo tanto, operadores económicos que no figuraban en la Directiva, ahora deberán estar al corriente de los cambios que supondrá la entrada en vigor de la nueva disposición, lo que supondrá en algunos casos, la necesidad de incrementar su nivel de conocimiento acerca de la normativa y legislación aplicable a los EPI.
Por su parte, los fabricantes han realizado una intensa labor de actualización de documentación, y en el caso de los fabricantes de equipos que se ven afectados por un cambio de categorización, como por ejemplo los protectores auditivos, que deberán someter a sus equipos a procesos de control de garantía de calidad CE.
En cualquiera de los casos, lo más importante será el establecimiento de criterios claros en cuanto a la implementación del Reglamento y el facilitar toda la información a los agentes económicos.
¿Cómo cree que va a contribuir la nueva normativa en la seguridad de los trabajadores?
El usuario dispondrá de más información relativa al equipo, por lo que será más consciente de todos los procesos y controles que se realizan sobre el EPI con el único fin de que ofrezca una protección sólida frente a los riesgos a los que debe hacer frente. Esto, conjuntamente con el incremento en el nivel de control que se aplicará sobre los EPI, convierten al usuario en el gran beneficiario de este cambio legislativo.
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