“Anteponer las medidas de protección colectiva frente a las individuales” ¿a qué técnico no le resulta familiar este principio legal recogido en la Ley de prevención de Riesgos Laborales? Este principio general, al igual que el resto de los recogidos en el artículo 15 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales, debe estar presente en todas las decisiones que se tomen en relación a las medidas preventivas de protección a adoptar por la empresa.