El servicio de prevención ajeno es una de las modalidades preventivas que se contempla en el Reglamento de Servicios de Prevención 39/1997
PRINCIPALES FUNCIONES DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO
Las funciones que los SPA tienen atribuidas (de conformidad con la normativa indicada anteriormente), se pueden agrupar en dos grandes grupos:
El primer grupo engloba las funciones de asesoramiento y asistencia al empresario para la integración de la prevención en la empresa (es decir, para el diseño, implantación y aplicación del Plan de prevención de riesgos laborales). Se incluyen en este grupo las actividades de los SPA dirigidas a:
- Promover la integración de la prevención.
- Apoyar la integración de la prevención en el sistema general de gestión.
- Asegurar un adecuado intercambio de información entre el SPA y la empresa, y atender las consultas formuladas por ésta.
- Valorar la integración de la prevención.
- Asesorar al empresario en relación con la consulta a los trabajadores.
El segundo grupo engloba las actividades especializadas cuya gestión y ejecución corresponde esencialmente al SPA:
- La evaluación de los riesgos.
- La (propuesta de) planificación de la actividad preventiva.
- La información y formación de los trabajadores.
- La vigilancia de la salud de los trabajadores.
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