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El Tribunal Supremo establece que los accidentes ocurridos durante la pausa para merendar en el trabajo son considerados accidentes laborales

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El Tribunal Supremo ha unificado doctrina y confirma que si una persona sale de su trabajo durante una pausa, se va a un bar a merendar y se cae por el camino, dicha caída tiene la consideración (y protección adicional) de un accidente laboral. Así lo ha dictaminado en una reciente sentencia, divulgada este lunes, aunque fechada el 9 de febrero, en la que los altos magistrados consideran que el siniestro tiene categoría de ‘in itinere’, que califica aquellos siniestros que tienen lugar en los desplazamientos de casa al trabajo, del trabajo a casa o, como confirma con este último fallo, durante las pausas. En España hubo en 2022 un total de 79.551 trabajadores que tuvieron un accidente ‘in itinere’ y causaron baja médica.

El Supremo falla a favor de una trabajadora de Málaga, que aprovechando una pausa durante su jornada laboral salió a un bar ubicado a unos 60 metros de su centro de trabajo y antes de llegar al mismo se cayó, causando baja por incapacidad temporal.

Fuente: El Periódico

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