Las Notas Técnicas de Prevención (NTP) 918 y 919 abordaron las obligaciones que tienen las empresas en relación con la coordinación de actividades empresariales (CAE). Como conclusión, se puso de manifiesto la necesidad de fomen- tar el establecimiento de procedimientos de gestión en esta materia. Como complemento de lo anterior, se han elaborado dos NTP con objeto de proporcionar orientaciones para establecer una coordinación de actividades empresariales eficiente. La coordinación ha de constar necesariamente de las siguientes etapas: planificación, organización, control y mejora continua.














