InicioActualidadPrincipales cambios propuestos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Principales cambios propuestos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Ley 31/1995, de prevención de Riesgos Laborales

El actual marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales se enfrenta al reto de adaptarse a las nuevas realidades del mundo del trabajo, así como de mejorar su aplicabilidad práctica, especialmente en las pequeñas empresas. Con este objetivo, se han planteado una serie de propuestas de modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) orientadas a reforzar la integración de la prevención en las empresas, clarificar conceptos clave y avanzar hacia una gestión más efectiva, inclusiva y adaptada a las características de la persona trabajadora.

Entre los principales cambios propuestos destacan los siguientes:

  • Se impulsa el refuerzo de la figura del trabajador designado, estableciendo su designación obligatoria en todos los casos y exigiendo una formación mínima. Se limita, además, la posibilidad de que el empresario asuma personalmente la actividad preventiva a empresas de hasta 10 trabajadores.

  • Se promueve un mayor uso de recursos propios para la gestión preventiva, facilitando la posibilidad de contar con apoyo externo especializado sin depender exclusivamente de servicios ajenos. También se flexibiliza la formación preventiva, permitiendo que esta pueda ser impartida por personal capacitado interno, incluso si no forma parte formal de la modalidad preventiva adoptada.

  • Se busca otorgar respaldo legal a herramientas digitales ya utilizadas para la evaluación de riesgos en pequeñas empresas, lo que facilitaría la gestión preventiva en este tipo de organizaciones.

  • Se propone incluir de forma explícita una definición de “puesto de trabajo” que integre tanto las condiciones materiales como las características individuales de la persona que lo ocupa. Asimismo, se refuerza la planificación de la actividad preventiva como un instrumento autónomo y clave para una gestión eficaz, con propuestas concretas elaboradas por los recursos preventivos y aprobadas por la empresa.

  • En relación con los riesgos psicosociales, se plantea su incorporación explícita en la normativa como disciplina diferenciada, así como la necesidad de abordarlos de forma específica en las evaluaciones de riesgos laborales.

  • Se integra transversalmente la perspectiva de género y la diversidad generacional en todos los elementos del sistema preventivo: desde la evaluación de riesgos hasta la formación, la planificación, la vigilancia de la salud o la recogida de datos. Esta integración busca garantizar una protección eficaz para todas las personas trabajadoras, independientemente de su sexo o edad.

  • La vigilancia de la salud se amplía para incluir tanto el enfoque individual como el colectivo, introduciendo la posibilidad de crear un historial clínico-laboral que pueda acompañar a la persona trabajadora a lo largo de su trayectoria profesional.

  • Finalmente, se plantean medidas para reforzar la protección de las personas con discapacidad y se priorizan los criterios técnicos públicos como referencia preferente en las evaluaciones de riesgos frente a otros de carácter privado.

Estas propuestas suponen un avance significativo hacia una normativa preventiva más clara, eficiente e inclusiva, alineada con los cambios sociales, tecnológicos y laborales actuales.

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