
Autor: José Manuel Díez Herrero, Técnico Superior en Salvamento y Socorrismo y socorrista profesional con más 25 años de servicio
Los socorristas de instalaciones acuáticas y espacios acuáticos naturales, monitores, Técnicos y profesionales del medio acuático, NO SOMOS SUPERMANES.
En más del 90% de los casos, no se cumple con la normativa de Seguridad Laboral en España, sobre las condiciones laborales de los Socorristas, Técnicos y profesionales de medio acuático.
El R.D 486/1997 establece las medidas de seguridad laboral y hace una clara diferencia entre temperatura en lugares cerrados, en cuanto a los lugares cerrados, piscinas climatizadas, determina:
En recintos cerrados y trabajo ligero, como el de socorrista, Técnico y monitor, la temperatura será de 14 a 25°C y humedad entre 50 y 70%. Aspecto que no se da en casi ningina de las piscinas climatizadas de España. Si tomamos como ejemplo, que ya solo la temperatura del agua oscila entre 26 a 28°C, los profesionales del medio acuático trabajan como mínimo a 30°C de temperatura ambiental, osea fuera de normativa en más de 5°C, como mínimo. Si ha esto le sumamos la humedad y el viento, la sensación térmica se aproxima a más de 35°C y así durante toda su jornada laboral.
En cuanto a los lugares abiertos o exterior determina, el R D 4/2023 el Gobierno establece –”sin perjuicio de la adopción de las medidas de protección individual que sean procedentes”–la prohibición de trabajar al aire libre durante las horas del día en las que se produzcan fenómenos meteorológicos adversos y, en concreto “cuando exista alerta naranja o alerta roja” emitida por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).
Según los umbrales establecidos por la agencia pública para el caso de altas temperaturas, el nivel naranja quedaría activado y el trabajo paralizado en exteriores siempre que se prevea alcanzar los 37ºC . La activación de alertas meteorológicas naranjas o rojas obligará a adoptar medidas preventivas e incluso a la suspensión de la actividad.
Así, en el caso de activarse las alertas de la AEMET, se hará obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista. Aspecto que no se cumple en la mayoría de los casos, ya que la presencia del socorristas es continúa desde la apertura al cierre y si se trabaja la jornada laboral (8h) es continua, sin descansos y en la mayoría de los casos solo hay un socorrista.
En cuanto los Equipos de Protección Individual (EPI), casi nunca se les dan a los socorristas por parte del empresario y cuando se les da , no cumplen, casi nunca, con la normativa. Por poner varios ejemplos:
– Cuando se les da ropa, se les da cualquier camiseta, gorra o pantalón sin tener encuentra su traspirabilidad y si les proteje de los rayos ultravioletas (RUV).
– Cuando solicitan una sombrilla, se le da la típica sombrilla de publicidad sin valorar si les protege de los RUV.
– Cuando se les dan chanclas, se les da unas normales, sin tener encuenta su antideslizamiento y evacuación de agua.
– Cuando solicitan sillas de vigilancia se les da la típica silla de publicidad sin tener encuentra la altura y la ergonomia.
– Cuando se les dan gafas solares, no se tiene encuenta los niveles de protección de RUV,.
En resumen: cualquier cosa vale.
Todo esto es de vital importancia y hay que tener en cuenta para evitar que el socorrista sufra insolación, golpes de calor, fatiga , evitar enfermedades, bajas laborales y evitar que se perjudique la vigilancia y prevención de los usuarios.
¿Que pasa cuando se superan los rangos que determina R.D 486/1997 y las condiciones climatológicas del el R.D 4/2023?
Pues que se debería tomar medidas preventivas como descansos de 10 minutos cada hora de trabajo y locales o lugares de vigilancia aclimatados a los 25°C que es lo que determinan los Técnicos de Prevención y Seguridad laboral y esto no se lleva acabo en la mayoría de los casos, ya que la presencia es continua en la ĺamina de agua y de un solo socorrista en la mayoría de los casos.
Para poder entender esta problemática, nos tenemos que poner en la piel de los socorristas y profesionales del medio acuático con el siguiente ejemplo: si estamos trabajando a una temperatura de 30°C y 70% de humedad, la sensación térmica sería de 35°C y por tanto estamos expuestos a sufrir insolación y golpe de calor en nuestra jornada laboral por una exposición prolongada durante nuestra jornada laboral.
¿Cómo afecta todo esto a la prevención y seguridad de los usuarios de piscinas y playas?
1- Poniendo en riesgo la vigilancia y control de los usuarios, ya que las capacidades de los responsables del medio acuático se ven disminuidas y alteradas.
2- En caso de actuación o rescate las condiciones físicas están disminuidas, entorpeciendo los tiempos de rescate y la fluidez de decisiones.
3- Se está poniendo en peligro la seguridad del usuario del medio acuático y la del propio socorristas cuando realiza los rescate.
Los socorristas y los Técnicos del medio acuático no somos supermanes y se debe cumplir la Ley de Seguridad Laboral en cuanto condiciones ambientales, descansos, locales de refrigerio y Equipos de Protección Individual.
Ante lo expuesto, creemos que debe primar la seguridad de quien vigila para garantizar la seguridad de quien disfruta del medio acuático.
Datos Técnicos sobre el número de socorristas y impacto en la seguridad y prevención:
Según el Catastro de 2022 en España hay:
1- Número de piscinas 1.226.000 de estas 13.870 son climatizadas. Dependiendo de la normativa higiénico sanitaria de cada comunidad se obliga la presencia de un socorrista como mínimo en piscinas de tipo I, que son las que estan directamente relacionadas con la actividad acúatica y en las tipo II, no están directamente relacionadas con la actividad acúatica, depende de cada normativa de la CCAA la presencia o no de socorristas. Pero a groso modo estaríamos hablando como mínimo de unos 50.000 socorristas. Destacar que la comunidad que tiene más piscina, climatizadas y no clamatizadas, es Andalucía sobre 300.000, seguida de Valencia con 245.000 y Cataluña con 138.000. También destacar que la comunidad que tiene más piscinas climatizadas es Castilla y León con 2.083, seguida de Galicia con 1.848 y Cataluña y Andalicia con unas 1.700.
2- El número de Parques Acuáticos es de 17. Con un promedio mínimo de unos 10 socorristas nos daría 170 trabajadores.
3- El número de playas es de 3.550, pero de estas casi la mitad están aisladas y por lo tanto sin vigilancia por parte de los socorristas. Por tanto el número socorristas es muy fluctuante, ya que depende la longitud de la playa y de su infraestructura, pero podríamos estar hablando como mínimo de 3.000 socorristas, ya que como mínimo tiene que haber 2 por playa.
Esto nos da un balance como MÍNIMO DE (50.000+170+3.000)= 53.170 si ha esto le sumamos que el trabajo se desarrolla en turno de mañana o tarde estaríamos de unos hablando de un MÍNIMO de 100.000 socorristas o trabajadores.
El mayor problema radica que según la Sentencia Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sentencia 10 Mayo 2018 determina que “…cuando se trate de instalaciones en las que hay un solo socorrista por turno la pausa de 30 minutos se disfruta al principio o al final de la jornada, cuando la instalación está cerrada al público”. En la mayoría de piscina el socorrista trabaja solo, lo que se determina que tiene realizar entre 7 y 7,5 horas horas consecutivas, según convenio, sin poder descansar y si ha esto le sumamos las pésimas condiciones laborales e incumplimiento del R.486/ 1997 sobre todo ambientales como les he detallado en el primer informe, estamos expuestos a ser un colectivo con un alto riesgo de sufrir golpes de calor, agotamiento físico y psíquico, mareos… ya que en la mayoría de los casos no se llevan acabo las medidas preventivas propuestas por los Técnicos de Prevención y más aún en las Administraciones Públicas, donde al parecer, presuntamente todo vale, se prioriza que las instalaciones acuáticas estén siempre abierta independientemente de las condiciones de trabajo. No se mira ni se respeta las condiciones laborales ya que somos jóvenes, fuertes y aguantamos todo, es decir SUPER MANES.
Prevencionar se reserva el derecho de reproducir o ceder sus contenidos en otros medios, obligándose a citar fuente y autor. Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial de los mismos sin autorización expresa. Prevencionar no se hace responsable de las opiniones expresadas en los artículos y/o entrevistas. Si quieres participar en el apartado artículos y/o entrevistas mandamos un mail a:
[email protected]
