
Gestión de la prevención de las subcontratas en la PYME, ¿Sólo está al alcance de las grandes?
La baja siniestralidad laboral se verá recompensada con ayudas fiscales para las PYMES, según anunció recientemente el gobierno; en concreto, dicha rebaja consiste en una reducción del 5% durante el primer año en el pago de las cotizaciones por contingencias profesionales, mientras que en el segundo ejercicio se elevaría hasta el 10%.
Quizás lo primero que pensamos cuando una empresa de pequeño tamaño se plantea gestionar la prevención de sus trabajadores propios y los de sus subcontratas, es que va a necesitar una gran infraestructura para poder tratar todos los datos derivados del cumplimiento legal y definir un procedimiento de coordinación eficiente pueda ser llevado al día con los pocos recursos con los que cuenta. En este artículo trataremos de forma global todo aquellos puntos que las PYMEs han de tener en cuenta para realizar una correcta gestión de la prevención de riesgos. Conocerás los puntos necesarios para llevar la gestión de tus contratas con efectividad, optimizando los recursos de los que cuentas,
¿Qué debes saber si quieres gestionar la prevención de tus contratas y eres una PYME?
Lo primero que has de saber es conocer tus deberes como empresa y los de tus empresas contratistas en cumplimiento con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales y el RD 171/2004 de Coordinación Empresarial. Para ello tanto cuando desplazas a tus trabajadores a otro centro para prestar sus servicios, como cuando contratas o subcontratas a otra, deberás analizar en qué situación te encuentras para poder conocer cuáles son las obligaciones en materia de coordinación empresarial. De una forma esquemática:
1) Como EMPRESARIO CONTRATISTA debes:
- informar a la empresa que te contrata (en adelante titular)de los riesgos propios de tu actividad y de los nuevos riesgos generados, cuando se modifican los trabajos
- elaborar o modificar la evaluación de tus riesgos incorporando la información e instrucciones del empresario titular (art. 4.4. y 9 del RD 171/2004).
- comunicar a tus trabajadores la información e instrucciones recibidas (art.4.5 del RD 171/2004) y cumplir con dichas instrucciones.
- establecer los medios de coordinación necesarios, (art. 5 del RD 171/2004)
- ocurridos en sus instalaciones y de cualquier situación de emergencia, de forma inmediata (art. 4.2 y 4.3 RD 171/2004).
2) Como EMPRESARIO TITULAR del centro de trabajo debes, a tus contratas:
- informar de los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar. (art 7.1 RD 171/2004)
- dar instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en tu centro de trabajo y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia.(art 8.1 RD 171/2004)
- en el caso que contrates servicios dentro de tu propia actividad, debes vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. (art 10 RD 171/2004)
Una vez que conoces tus obligaciones y las de tus contratas te saltan las dudas:
¿Cómo cumplirlos?,¿cómo controlar que mis subcontratas cumplen con sus deberes?
Es muy importante que procedimentes tu actividad preventiva de forma que
- Planifiques cuidadosamente la gestión preventiva, minimizando fallos y errores
- Asegures el conocimiento y cumplimiento de la Ley 31/1995 y de tus obligaciones como de empresario titular/principal y contratista definidas en el RD 171/2004. Indicando el qué, quién, cuándo y cómo
Y finalmente, una vez que gestionas de forma correcta la prevención de riesgos ¿cómo puedes demostrar ante un tercero que cumples con la normativa?
En caso de accidente o incidente, consciente de sus responsabilidades y posibles consecuencias legales en (sanciones y responsabilidades administrativas, civiles, penales, multas económicas, etc debes saber qué documentación puede solicitarte la inspección para así, poder evitar sanciones, así como conocer qué tecnología te permite disponer toda esta información en guarda de forma segura en la nube.
Hoy en día, los técnicos de prevención pueden soportar la gestión preventiva interna y las de las subcontratas de forma eficaz y ágil, y estar tranquilos porque cumplen con toda la legalidad mediante aplicaciones web que permiten disponer de toda la documentación vinculada a la gestión preventiva, actualizada en todo momento. Con la posibilidad de aumentar recursos o disminuirlos en función de las necesidades de su empresa de forma sencilla y concentrarse en la gestión preventiva en campo.
CTAIMA Outsourcing & Consulting SL consciente de la dificultad que muchas empresas tienen al querer cumplir con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades empresariales y el RD 39/1997 de Reglamento de los Servicios de Prevención en concurrencia pone a su disposición la aplicación web CTAIMACAE.net: un avanzado software-as-a-service multifunción referente en el mercado español e implantado con éxito en Argelia, Alemania, Italia, Portugal y Reino Unido para la prevención de riesgos laborales y para la gestión integral de la coordinación de actividades empresariales, empezando por la gestión de contratos y subcontratos.

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