
“El trabajo está en la causa o modulando la aparición de algunas enfermedades, siendo su desarrollo un fracaso del sistema de prevención, por cuanto tiene de previsible”
La Enfermedad Profesional.
El trabajo como fuente de enfermedad profesional. La enfermedad profesional es un “constructo legal”, es decir una construcción normativa que descansa:
- Sobre el artículo 157 de la Ley General de Seguridad Social(LGSS) que define la Enfermedad Profesional como la contraída a consecuencia del trabajo en las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales, provocadas por la acción de elementos o sustancias indicadas para cada enfermedad. que en dicho cuadro (Anexo I) se indiquen para cada enfermedad profesional
- Y sobre el cuadro de enfermedades profesionales aprobado en el Real Decreto 1299/2006, que figura como Anexo 1, recogiendo las enfermedades en que queda probado su origen por el trabajo. Y la modificación Real Decreto 1150/2015, del grupo 6, enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos, que añade el cáncer de laringe por amianto.
Básicamente la Enfermedad Profesional (EP) se define como la enfermedad causada por el trabajo e incluida en la lista o cuadro establecido.
El cuadro de enfermedades profesionales está construido sobre el riesgo de exposición a un agente, de hecho contiene 6 grupos denominados: Grupo 1 Enfermedades profesionales “causadas” porAgentes Químicos. Grupo 2 Enfermedades profesionales “causadas” por Agentes Físicos. Grupo 3 Enfermedades profesionales “causadas” por Agentes Biológicos. Grupo 4 Enfermedades profesionales “causadas” por Inhalaciónde sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados. Grupo 5 Enfermedades profesionales de la Piel “causadas” por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados. Grupo 6 Enfermedades profesionales “causadas” por Agentes Carcinogénicos.
Es un cuadro o lista cerrada, que recoge expresamente enfermedades causadas por determinados agentes; las actividades donde se está expuesto a determinados agentes causales aparecen relacionadas a modo enunciativo,que no restrictivo o cerrado, de hecho se recogen como larelación de las principales actividades capaces de producirlas.
Para la consideración de enfermedad profesional se precisan tres condiciones simultáneas, una enfermedad listada, en relación con un agente causal y la exposición a ese agente en el trabajo,si es así se da la presunción jurídica iuris et de iure, es decir no admite prueba en contrario, aunque hubiera otras causas causantes de la enfermedad. De darse las tres condiciones citadas ya no es preciso demostrar la causalidad, ni anula la consideración de EP la presencia de otros factores concausales.
Conocer lo que es y lo que no es Enfermedad Profesional es necesario porque existe una normaexpresa que la define y un régimen jurídico yprestacional singular y diferente y porque tras su constatación-declaración deben implantarse medidas de prevencióny vigilancia de la salud para evitar su agravación y procurar facilitar su alivio o curación.
El modelo normativo de la EPse fundamentadesde la perspectiva:
- PREVENTIVA en la Ley Prevención Riesgos Laborales L 31/95, y el Reglamento Servicios de Prevención RD 39/97 que exigea la empresaactuaciones de prevención, vigilancia y respuesta ante las enfermedades laborales
- SANITARIAen la Ley General de Sanidad L14/86 que marcalos aspectos que debe comprender la actuación sanitaria en el ámbito de la salud laboral, protegiendo al trabajador a través de la atención sanitaria directa
- SEGURIDAD SOCIAL en elTexto Refundido de la Ley General de Seguridad Social 2015, estableciendo el concepto de EPen el artículo 157, regulando las prestaciones reparadoras y compensadoras deldaño por EPy en el RD 1299/2006 que establece el Cuadro de EPy estableciendo la responsabilidaden su sospechay declaración al Servicio Público de Salud y Servicio Prevención.
Si para la Enfermedad Profesional se precisa una:
- Relación de causalidad de la Enfermedadcon el trabajo (por consecuencia).
- Enfermedad listada
- Enfermedad causada por exposición al agente contaminante
- Demostrada presencia del agente causal
- Exposición constatada al agente
- Actividad desarrollada de riesgo probada
- Principales actividades capaces de producir la enfermedad
Serán todos estos datos los que debemos aportar y valorar para su consideración.
La estimación de la EP contiene una consideración preventiva (evitar la aparición, el desarrollo y la progresión de la enfermedad), una consideración epidemiológicalo que obliga a registro y notificacióny una consideración prestacional indemnizatoria (incapacidad temporal o permanente). La determinación de la contingencia corresponde al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social),pero la consideración preventiva y la epidemiológica deben ser tenidas en cuenta en las actuaciones de la seguridad social velando por su cumplimiento, más allá de lo estrictamente prestacional.
Para finalizar la referencia a la enfermedad profesional señalar que puede decirse que el cuadro de enfermedades profesionales contiene enfermedades todas las cuales están causadas por el trabajo, pero no están incluidas todas las enfermedades que son causadas por el trabajo.
La Enfermedad del Trabajo.
El trabajo como causa de enfermedad la consideración de la enfermedad como laboral, aun cuando no esté reconocida como enfermedad profesional. Por aplicación del art. 156 apartado 2e de la LGSS reconoce que las enfermedades no catalogadas en el cuadro de enfermedades profesionales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, serán consideradas accidente de trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo causa exclusiva en la ejecución del mismo.
Esta inclusión de una enfermedad como “accidente” parece recoger ad cautélamo en caución o garantía la consideración de una enfermedad como derivada del trabajo cuando se demuestre la causalidad exclusiva del trabajo, pero esta consideración como “enfermedad del trabajo”(como se denomina coloquialmente), como accidente de trabajo desvincula de la mayor protección en vigilancia de la salud y otras diferencias de mayor protección y aseguramiento que el régimen jurídico aplicable a la EP dota en nuestra LGSS.
Existe alguna otra posibilidad de relación causal de una enfermedad con el trabajo, pero advertir se refiere el artículo 156 2 f a las patologías previas agravadas como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente, hace mención a enfermedades que de forma súbita, tras la lesión del accidente se agravan. Es decir en contra de lo que a veces por extensión se valora enfermedades agravadas por el trabajo, que es otra figura no definida en nuestra legislación. Por lo tanto las enfermedades previas que de forma paulatina se ven agravadas por el tipo de trabajo no tienen cabida en este articulado.
Otras enfermedades en relación con el trabajo
Hay enfermedades que guardan relación con el trabajo y requieren una especial valoración, serían las enfermedades del Anexo 2, enfermedades cuyo origen profesional se sospecha pero que no pueden ser consideradas como profesionales al no estar recogidas en la lista del Anexo I pero cuyo origen y carácter profesional podrían establecerse en el futuro. Para estas enfermedades si se obliga a la comunicación oportuna para su evaluación y registro.
Situación de excepcionalidad
Una enfermedad puede ser considerada por sentencia firme como enfermedad profesional aunque no se encontrara en el anexo I, en base a diversas fundamentaciones jurídicas, generalmente en base al concepto de EP recogido el artículo 157 LGSS, aunque en el litigio que lleva al recurso judicial el INSS hubiera considerado no se encuadraba en el Anexo I del RD 1299/2006.
Profesiones de Riesgo.
El trabajo es fuente de enfermedad en algunas circunstancias. No todas las profesiones tienen el mismo riesgo de generar enfermedades y cada profesión tiene sus riesgos específicos de enfermar por el trabajo.
Bernardino Ramizzinipadre de la medicina del trabajo señaló en su libro “De morbis artificum diatriba” (1743) los diversos padecimientos en relación con determinados trabajos, y referenciaba como a las preguntas hipocráticas clásicas en la anamnesis médica para averiguar la causa de los padecimientosdebiera de añadirse la de “en qué trabaja”.
Ya comentábamos que en el cuadro de enfermedades profesionales son todas las que están, pero no están todas las que son. Se viene cuestionando desde el ámbito de la prevención, desde las organizaciones laborales y desde sus colectivos la inclusión como enfermedades derivadas del trabajo las padecidas por diversos profesionales y trabajos solicitando se incluyan algunas de las enfermedades que padecen como enfermedades profesionales o al menos de origen laboral directo.
Patologías a debate para su consideración como enfermedades laborales:
- Las lumbalgias en conductores profesionales.
- Las patologías de hombro, codo y mano de las limpiadoras (oficinas, edificios, hoteles).
- Las lumbalgias y patologías de brazo en cuidadores de ancianos y discapacitados.
- Los problemas mentales de educadores, sanitarios, trabajos de responsabilidad, justicia, policías.
- Determinados cánceres como el de mama en trabajadoras a turnos o con nocturnidad en general.
- Cáncer de mama en trabajadoras sanitarias a turnos.
- Cáncer de pulmón en trabajadores expuestos a polvo de sílice (minería, metalurgia, construcción, cerámica, etc.).
Si analizamos el Informe Anual 2016 del Observatorio de Enfermedades Profesionales, podemos extraer algunas consideraciones sobre trabajo y enfermar por el trabajo.
Las actividades económicas con mayor número de enfermedades profesionalesson:
- Trabajadores de la “Industrias manufacturera”, 398,33 casos por ‰ trabajadores.
- Las “Industrias extractivas” 396,63 por ‰ trabajadores.
- “Otros servicios” 158,70 por ‰ trabajadores.
- La “Construcción” 156,89 por ‰ trabajadores.
- El “Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación” 149,89 por ‰ trabajadores.
- Las “Actividades administrativas y servicios auxiliares” 137,94 por ‰ trabajadores.
Si analizamos la aparición de tipoenfermedades profesionales (grupo por agentes)por actividades económicasdonde se dan con mayor frecuencia:
- Las enfermedades causadas por agentes químicos, se dan principalmente en otros servicios y la industria manufacturera.
- La mayor incidencia de enfermedades causadas por agentes físicos se concentra en la industria manufacturera seguida a gran distancia de la industria extractiva y de la construcción.
- Las enfermedades causadas por agentes biológicos se concentran en las actividades sanitarias y de servicios sociales.
- Las causadas por inhalación de sustancias se concentran en las industrias extractivas.
- Las enfermedades de la piel se encuentran básicamente entre otros servicios y la industria manufacturera.
- Respecto a las enfermedades causadas por agentes carcinógenos dado al escaso número de enfermedades registradas, no se dan resultados representativos
En cuanto a los datos registrados en PANOTRATSS, patologías no traumáticas causadas por el trabajo,el mayor número de patologías se da en la industria manufacturera, seguida del comercio al por mayor y el por menor.
Actividades económicas y mayor número de bajas laborales por enfermedad profesional:
- El mayor número de enfermedades profesionales con baja laboral en hombres se da en el sector de la “Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques” seguido de la “Industria de la alimentación”, de la “Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo” y de la “Construcción especializada”.
- En el caso de las mujeres, las actividades donde se comunica el mayor número de enfermedades profesionales son en las “Actividades sanitarias”, el “Comercio al por menor” y los “Servicios a edificios y actividades de jardinería”.
Partes con baja de enfermedades profesionales por grupos de enfermedad (%) 2016
Enfermedades profesionales |
Hombres |
Mujeres |
Total |
Causadas por agentes físicos |
80,64 |
79,04 |
79,81 |
Causadas por agentes químicos |
3,81 |
3,02 |
3,40 |
Causadas por agentes biológicos |
3,16 |
10,09 |
6,74 |
Causadas por inhalación de sustancias |
6,21 |
2,23 |
4,16 |
Enfermedades de la piel |
5,75 |
5,58 |
5,66 |
Causadas por agentes carcinógenos |
0,44 |
0,04 |
0,23 |
“La industria manufacturera” concentra el mayor número de enfermedades profesionales en todos los grupos, a excepción del grupo 3 de Enfermedades Profesionales por Agentes Biológicos, que lo hace en las “Actividades sanitarias”.
Duración de la Incapacidad Temporal por sexo y actividad económica de las enfermedades profesionales.
- Hombres: “Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques” 101,17. “Actividades de construcción especializada” 91,32. “Industria de la alimentación” 89,35. “Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo 82,13 Total actividades 86,10.
- Mujeres: “Servicios a edificios y actividades de jardinería” 112,06. Servicios de comidas y bebidas 105,37. “Industria de la alimentación” 99,39. “Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas” 88,23. “Actividades sanitarias” 50,58. Total Actividades 91,33
- En términos generales, con la excepción de la industria de la alimentación, existe una clara diferencia en razón de género entre las actividades donde se producen el mayor número de enfermedades profesionales y también en sus duraciones.
Actividades con mayor número de propuestas de incapacidad permanente por enfermedad profesional.
- Hombres: Fabricación de otros productos minerales no metálicos 28,72%. Industria de la alimentación 15,90%. Actividades de construcción especializada 6,67% 08 – Otras industrias extractivas 6,15%
- Mujeres: Otros servicios personales 18,68%. Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas 10,99%. Industria de la alimentación 9,89%
Propuestas de incapacidad permanente por grupos de enfermedad profesional.
- En hombres destaca el Grupo 4 de enfermedades respiratorias 56,41% y en mujeres el Grupo 2 de enfermedades pro agentes físicos 47,25%.
- Respecto a la distribución por edades, la edad media de los hombres al causar una pensión es de 54,88 años, cifra superior a las mujeres que es de 48,79 años.
Conclusiones
- En el Cuadro de Enfermedad Profesional no están todas las que son “laborales”, si bien son “profesionales o laborales” todas las que están recogidas en el mismo. (Anexo I).
- Cada grupo de enfermedades profesionales, como vemos según los datos del citado Informe anual del Observatorio de Enfermedades Profesionales, aparece ligado a unas actividades económicas muy concretas hacia las que hay que dirigir los esfuerzos de prevención.
- Hay que actualizar el riesgo del trabajo en el enfermar, medianteel análisis de la aparición de determinadas enfermedades asociadas a colectivos concretos, aunque no se registren como profesionales, y proceder al estudio de sus causas, para implementar la prevención.
- En general hay que trascender del marco conceptual normativo para caminar al enfoque técnico en la salud laboral(Araceli López-Guillén 2015).
- Trascender de lo prestacional laboral (bajas, incapacidades) para potenciar lo preventivo laboral.
- El trabajo nunca debiera ser causa del enfermar del trabajador
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