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Un guardia civil lleva a juicio su derecho a conocer los riesgos de su puesto

tribunalesUn guardia civil destinado en Cantabria ha obtenido el reconocimiento judicial de su derecho a acceder a la Evaluación de Riesgos Psicosociales de la unidad en la que presta servicio, después de que la Dirección General de la Guardia Civil le denegara inicialmente dicha documentación.

Según informa la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), el agente solicitó en octubre de 2024 conocer la evaluación de riesgos psicosociales correspondiente a su puesto de trabajo. La petición fue rechazada por la Dirección General de la Guardia Civil y, posteriormente, también fue desestimado el recurso de alzada presentado por el trabajador. Ante esta situación, el agente acudió a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

El tribunal ha estimado íntegramente la demanda y ha declarado el derecho del recurrente a recibir copia de la evaluación de riesgos psicosociales de su unidad. Además, la sentencia anula la resolución de la Dirección General del Mando de Operaciones de 10 de febrero de 2025 e impone las costas, fijadas en 1.500 euros, a la parte demandada.

La Guardia Civil había defendido que la normativa específica del cuerpo, el Real Decreto 179/2005, limitaba el acceso a este tipo de evaluaciones al personal técnico de los órganos de prevención y que los informes tenían carácter confidencial. Sin embargo, según la información publicada por AUGC, el tribunal rechaza este planteamiento y considera que la existencia de órganos técnicos de prevención no implica una prohibición de acceso para el resto del personal.

La resolución también incide en que el propio Real Decreto 179/2005 reconoce el derecho del personal a efectuar propuestas a los órganos de prevención. En este sentido, el acceso a la información preventiva resulta esencial para que la participación de los trabajadores no quede reducida a una mera formalidad.

El tribunal considera, además, que el agente tenía un interés legítimo, directo y concreto, al tratarse de la evaluación de riesgos asociada a la unidad en la que presta servicio. La sentencia descarta así que el conocimiento de riesgos genéricos a través de un manual de prevención sea suficiente cuando se solicita información específica sobre el puesto o unidad de trabajo.

Desde el punto de vista preventivo, el caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión clave: la evaluación de riesgos no puede entenderse únicamente como un documento técnico interno, sino como una herramienta vinculada a la información, la participación y la protección efectiva de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

La sentencia, según AUGC, puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días.

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