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Nueva regulación de la actuación sanitaria de los servicios de prevención

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Hoy se ha celebrado el Consejo General de Osalan: nueva regulación de la actuación sanitaria de los servicios de prevención

 

Esta mañana se ha celebrado el Consejo General de Osalan en su sede central de Barakaldo, donde se ha tratado la situación de siniestralidad y enfermedades profesionales de la CAE, analizado le evolución del Plan de Gestión del Organismo e informado sobre la actualización del Decreto que regula la actuación de los servicios sanitarios de los Servicios de Prevención.

En el Consejo se ha dado cuenta, tras el acuerdo alcanzado entre el Departamento de Salud y el de Trabajo y Justicia, del inicio de la tramitación del Decreto que, 18 años después de la promulgación del anterior, va a actualizar la regulación de la actuación sanitaria de los servicios de prevención.

En efecto, el Decreto 306/2009 establece las condiciones sanitarias necesarias que deben reunir los servicios de prevención y, en estos 18 años, se puede decir que la CAE ha conseguido dotarse de un modelo propio de organización y ordenación de estos servicios que ha hecho posible la protección de la salud de la población ocupada en el País Vasco, basada en el acceso a los recursos sanitarios y las actividades de prevención y promoción de la salud que han garantizado la equidad.

Ahora se trata, tras el citado periodo, de consolidar y actualizar el modelo de salud laboral alcanzado, a través del máximo consenso con los agentes sociales representados en el Consejo que, en la reunión de hoy, han mostrado unánimemente su conformidad con la iniciativa.

Así, entre las novedades que incluirá la nueva norma se encuentran la Historia Clínica Laboral en relación con la Historia Clínica de la Ciudadanía; el Sistema de Información Sanitaria de Salud Laboral que posibilitará recabar la información para diseñar y planificar políticas tendentes a proteger la salud de la población trabajadora, sistema que pivota sobre el Conjunto Mínimo de Datos y sobre el Sistema de Comunicación de Sospecha de Enfermedades Profesionales y la vigilancia epidemiológica de la salud laboral.

En resumen, los servicios de prevención que efectúan actividades sanitarias en la CAE deben someterse a la supervisión y control de la Autoridad Sanitaria, que tiene la obligación de evaluar la calidad y suficiencia de dichos servicios de prevención. Por tanto, con carácter previo a su ejecución, esas actividades sanitarias deberán ser aprobadas por Osalan, a través de su Unidad de Salud Laboral.

En definitiva, con el nuevo Decreto, lo que se trata es de actualizar la normativa al respecto para posibilitar realizar acciones en materia de salud laboral que hagan posible acercarnos al lema de “un entorno de trabajo saludable como parte de una vida saludable”.

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