
Alberto Rasines Gómez
Graduado en Ingeniería Mecánica
Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales
Área de Salud de Burgos. Sanidad Castilla y León (Sacyl).
c.e-arasinesg@saludcastillayleon.es
Resumen
La Resonancia Magnética (RM) desempeña un papel principal en muchos de los diagnósticos de hoy en día, la demanda de este tipo de pruebas de imagen es creciente.
La RM es Segura, pero no carente de Riesgos. El aumento de estudios de RM, la proliferación de equipos, el uso de equipos con mayores intensidades del campo principal y un aumento considerable de pacientes portadores de dispositivos implantables, favorece en gran medida el aumento de incidentes o accidentes graves e incluso fatales. Estos sucesos pueden generar importantes costes, por daños materiales, cese de actividad o por indemnizaciones. Cualquier incidente o accidente puede, dar lugar a una reclamación o demanda judicial.
La elaboración de un Plan de Acción en nuestro Centro, además de constituir una obligación legal, nos servirá como herramienta fundamental para desarrollar e implementar todos los aspectos que abordan la Seguridad en RM, contribuyendo así a evitar incidentes o accidentes y favoreciendo el trabajo en entornos cada vez más seguros para pacientes y profesionales.
El presente artículo tiene como objetivo ofrecer un resumen práctico sobre los casos en los que resulta necesario redactar este documento, así como facilitar la elaboración e implantación del mismo en nuestro Centro. De igual manera, se incluye un apartado con la realidad preventiva observada durante visitas a distintos centros que cuentan con equipos de RM y unas conclusiones finales en las que se insta a invertir en Cultura de Seguridad, y que esta inversión no se limite únicamente a elaborar la distinta documentación obligatoria por Ley en esta materia, y si en una implantación real de la misma, formando y capacitando al personal con participación activa.
La Resonancia Magnética (RM) juega un papel principal en muchos de los diagnósticos de hoy en día. Se trata de una modalidad diagnostica cuyas indicaciones clínicas han aumentado exponencialmente en los últimos años, la demanda de este tipo de pruebas de imagen es creciente. Si no se hacen más estudios de RM es, probablemente, por un tema económico (factor que limita su mayor expansión) o de recursos (personal, equipos…)
Pero…, ¿Es Segura la Resonancia Magnética?
La RM es Segura, pero no carente de Riesgos. Existen riesgos potenciales en el entorno de la RM, no solo para el paciente sino también para los profesionales de la salud que trabajan con estos equipos, y otras personas que se encuentran ocasionalmente en la proximidad de los mismos, como personal de otros Servicios, Seguridad, Mantenimiento, Personal de Limpieza, Bomberos, Policía, etc.
La Resonancia Magnética es un método de diagnóstico por imagen no radiológico (no necesita proyectar radiación de ningún tipo), un potente campo magnético (entre 30.000 y 60.000 veces más potente que el campo magnético de la Tierra) y las ondas de radio hacen que los núcleos del hidrógeno del cuerpo se muevan. El paciente emite una señal que es recibida y utilizada para reconstruir la imagen, se ven especialmente bien los tejidos blandos y tiene una excelente resolución. El que los Equipos de RM no empleen Radiaciones Ionizantes (RI) hace que en España no estemos bajo la protección jurídica de este tipo de Radiaciones, ocasionando una gran infra regulación en el uso de estos equipos y haciendo más vulnerable la seguridad de los mismos.
¿De verdad hay riesgos?
Podemos pensar que la RM es una técnica sin riesgos, totalmente segura, especialmente porque en ellas no hay Radiaciones Ionizantes. Y no es así, prueba de ello es la cantidad de noticias de accidentes, artículos, guías, manuales, páginas web y libros que se publican sobre el tema.

| Asociados a Criogénicos (Helio…) |
Campo Magnético Estático (B0) | Campo Magnético Variable (Gradientes) |
Radiofrecuencia | Generales y de Asistencia Sanitaria | Asociados a uso de Medicación y Contraste |
|---|---|---|---|---|---|
| QUENCH | Efecto MISIL | Ruido | Lesión térmica | Riesgo Biológico | Reacción adversa |
Si el Helio fluye a la sala:
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Labores de Recarga
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Efecto misil: los materiales ferromagnéticos al estar bajo el efecto de un Campo Magnético de gran intensidad son atraídos por la fuerza del imán acelerándose y pudiéndose convertir en verdaderos proyectiles.
Quench: Es la fuga de Helio gaseoso frío en los imanes superconductivos. El campo Magnético desciende en cuestión de segundos y el imán comienza a calentarse. Puede tratarse de Quench con y sin riesgo.
-Riesgos en el uso de Equipos de Resonancia Magnética-
La noticia de un hombre fallecido al ser arrastrado por una RM el pasado verano (2025) en Nueva York, por la cadena metálica de entrenamiento que llevaba en el cuello, causó cierto sobresalto. Este caso no es el primero que sucede en Nueva York, en 2001 falleció un niño de 6 años cuando fue golpeado por una bala de oxígeno atraída por el equipo de RM, este suceso hizo saltar las alarmas en Estados unidos y el American College of Radiology (ACR) reaccionó elaborando en el 2002 el “Libro blanco de Seguridad en RM”, esta publicación ya realiza recomendaciones muy importantes de seguridad: Definir áreas, limitar el acceso a la zona IV, entrevistas de cribado…. En el 2018 paso algo similar en la India, un hombre murió en un hospital de Mumbai, en el 2021 fallecía un hombre en un Hospital de Korea golpeado por una bala de oxígeno que se introdujo en la sala del imán durante el examen, en 2023, una enfermera en California fue gravemente herida al quedar aplastada entre el equipo de resonancia y una cama de hospital que había sido atraída hacia la máquina.
En EEUU se comunican estos eventos adversos, accidentes e incidentes de RM a través de sistemas como la base de datos MAUDE (Manufacturer and User Facility Device Experience) de la Agencia FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos) responsable de proteger la salud pública.

En España también ocurren accidentes e incidentes. En el 2018 fallecía una paciente portadora de una bomba de morfina que liberó todo el medicamento por el efecto de la RM, existiendo alertas sanitarias de 2 años antes en las que la indicación es: Eliminar todo el fármaco de la bomba antes de realizar el procedimiento, pero la realidad es que vivimos una falta sensación de Seguridad ya que estos accidentes e incidentes no se notifican, en algunos casos incluso se normalizan. Su notificación No es una obligación legal y se desconoce dónde hacerlo, aunque existen sistemas como el SiNASP (Sistema de notificación y registro de incidentes y eventos).

En la actualidad, el aumento de estudios de RM, la proliferación de equipos, el uso de equipos con mayores intensidades del campo principal y un aumento considerable de pacientes portadores de dispositivos implantables, genera una gran tormenta perfecta (conjunción de varias circunstancias desfavorables) que favorece el aumento de incidentes o accidentes graves e incluso fatales. Estos sucesos pueden generar importantes costes, por daños materiales, cese de actividad o por indemnizaciones. Cualquier incidente o accidente puede dar lugar a una reclamación o demanda judicial.

Tendencia Ascendente en ambos casos.

Resumen de la NORMATIVA Española. Obligatoriedad de elaborar un Plan de Acción
En lo que respecta al marco Normativo, la realidad en España y a diferencia de las Radiaciones Ionizantes, existe una gran infra regulación, a ello se suma un importante desconocimiento de la Normativa existente y el no cumplimiento de esta. ¿Cuántos de los Centros, Servicios o Unidades que trabajan con equipos de RM disponen con un Plan de Acción?…
A lo largo del presente artículo veremos que es este documento, cuando es obligatorio su elaboración, beneficios que nos aporta y como redactarlo e implementarlo en un Centro.
La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, según el artículo 6 de la ley, son las normas reglamentarias las que deben ir concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, estableciendo las medidas mínimas que deben adoptarse. En el caso de la exposición a campos electromagnéticos es el Real Decreto 299/2016 el que transpone al derecho Español el contenido de la Directiva 2013/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 sobre las disposiciones mínimas de salud y seguridad relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de agentes físicos (campos electromagnéticos).
La Directiva de Campos Electro Magnéticos era una gran amenaza para la RM, se trabajó mucho para que no se limitase el acceso de los pacientes a esta técnica, es por lo que la RM forma parte de una de las excepciones del Real Decreto, artículo 11 apartado a).
En la práctica, al considerar trabajos en una sala de Resonancia magnética, deberemos tener en cuanta especialmente lo establecido en los artículos 4, 5 y 11, del citado RD, en el mismo se regulan las disposiciones encaminadas a evitar o a reducir los riesgos e incluye la obligación empresarial de elaborar y aplicar un plan de acción que deberá contar con las medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere determinados valores límite.
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 31/1995, y del Real Decreto 39/1997, en el caso de que los trabajadores puedan estar expuestos a campos electromagnéticos, el empresario deberá evaluar los riesgos que se deriven de los campos electromagnéticos en el lugar de trabajo, de manera que puedan definirse y ponerse en práctica las medidas necesarias para reducir los riesgos.
Sobre la base de la evaluación de riesgos mencionada, cuando se superen los niveles de acción (NA), el empresario elaborará y aplicará un Plan de Acción que incluya medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere los Valores límite de exposición (VLE) relacionados con efectos para la salud o los VLE relacionados con efectos sensoriales. El referido plan de acción no será necesario cuando la evaluación realizada demuestre que no se superarán los valores límite de exposición correspondientes y además puedan descartarse riesgos para la seguridad de los trabajadores.

Si el cumplimiento de los valores límite de exposición no puede determinarse de manera fiable basándose en información fácilmente accesible, la evaluación de la exposición se realizará basándose en mediciones o cálculos.
Caso 1
Trabajamos con un equipo de RM del que conocemos (información del fabricante) su densidad de flujo magnético B0=3T. Conocer este dato nos facilita mucho la evaluación de riesgos, no necesitamos medir para obtenerlo.
Si cotejamos el mismo con los VLE contemplados en el Anexo II A) del RD 299/2016 tabla 1 que, para un campo magnético de 0 Hz, el VLE relacionado con efectos sensoriales en condiciones de trabajo normales es de B0=2T. Podemos ver que se superan los VLE dentro del túnel de exploración. Por lo que se hace necesario elaborar y aplicar un plan de acción.
Anexo II
A. Valores límite de exposición (VLE)

B. Niveles de acción (NA)
B1. Niveles de acción para campos magnéticos estáticos.

Caso 2
En el caso de equipos de RM cuyas densidades de flujo magnético B0<2, necesitamos consultar documentación del fabricante, posicionamiento del campo magnético… o realizar mediciones para determinar si durante los escaneos pueden superarse algunos de los valores límite de exposición. Reseñar que cada determinación es específica de cada sala y equipo, no se deben emplear datos de otras instalaciones.
Imaginemos que nos encontramos en este caso y o bien consultando la documentación del fabricante o bien realizando mediciones que nos arrojen valores de densidades de flujo magnético B0<2 podemos demostrar que no se superan los valores límite de exposición correspondientes, ya cumplimos la primera de las condiciones reflejadas en el RD 299/2016, pero se nos antoja complicado justificar que además podemos descartar riesgos para la seguridad de los trabajadores. Por lo que se hace necesario elaborar y aplicar un plan de acción.
Real Decreto 299/2016: “Dicho Plan de Acción no será necesario cuando la evaluación realizada, demuestre que no se superarán los valores límite de exposición correspondientes y además puedan descartarse riesgos para la seguridad de los trabajadores”.
Para finalizar con este apartado Normativo, reseñar que no faltan documentos orientativos voluntarios emitidos por Sociedades, Colegios, Institutos Nacionales e Internacionales…como los del Colegio Americano de Radiología (ACR), Notas Técnicas de Prevención NTP del Instituto de Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en el caso de España etc, pero en lo que respecta a la Normativa Vigente Española, no hay requisitos reales que obliguen a cumplir ciertas medidas preventivas. Tales como: Clasificación de Personal y Asignación de Roles y Responsabilidades con respecto a la Seguridad, Clasificación de Zonas y delimitación de acceso, uso de detectores…Requisitos que si son de obligado cumplimiento en otros Países.
REALIDAD “EN MATERIA PREVENTIVA” OBSERVADA DURANTE VISITAS A DISTINTOS CENTROS QUE CUENTAN CON EQUIPOS DE RM
A continuación, relato realidades de mi experiencia personal, evidenciadas durante muchas de las visitas a Centros que trabajan con equipos de RM.
- Muy pocos Centros visitados cuentan con el Plan de Acción referido con anterioridad y obligatorio por Normativa.
- Los trabajadores no cuentan con formación específica y obligatoria, dando cumplimiento de esta manera con la ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, así como con el Real Decreto 299/2016, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos. En muchos de los casos el técnico de aplicaciones da una charla inicial “formación” de utilización, en la cual se incluye un apartado de Seguridad, cuando se instala el equipo, y luego pasa de voz en voz año a año, pudiendo ser errónea sesgada…
- Se evidencia personal con poca experiencia, o no formado, que no reconoce ni sabe que es un Quench, o el Efecto proyectil.
- Se desconocen la ubicación de los equipos de interrupción (Desconexión Eléctrica y Bajada de Campo Magnético “QUENCH”), así como los criterios de uso.

- En determinados centros visitados, en los que se cuenta con la pieza metálica situada “normalmente” encima del interruptor destructivo de Bajada de Campo Magnético, se desconoce su utilidad.

- Determinado personal piensa y refiere que los equipos de RM tienen el riesgo de exposición a Radiación Ionizante, en algún caso incluso se señaliza como tal.

- Determinado personal desconoce que el campo magnético esta siempre activo, el imán genera un campo 24h/7días. No es raro evidenciar que trabajadores piensen que en horarios en los que no se está escaneando, no existe peligro alguno y se pueden realizar tareas de limpieza o mantenimiento sin que entrañen riesgo ninguno.
- En centros, no se evidencia el etiquetado de materiales y en algún caso este etiquetado no es correcto.

- Se evidencian medios de extinción metálicos no compatibles con el Campo Magnético.
- No se evidencia Señalización y Clasificación de Zonas, ni marcaje de líneas de campo en las que pasada las misma, existe riesgo para dispositivos médicos implantados y riesgo de proyectiles con objetos ferromagnéticos.
- No se evidencia Restricción de Acceso a determinadas Zonas.
- No se evidencia Clasificación de Personal ni Estructura Organizativa clara en temas de Seguridad, las responsabilidades en estos temas quedan difuminada sin un claro responsable.
- Se desconoce cómo actuar ante determinadas Emergencias (Evacuación del paciente de la mesa o la sala de examen, parada cardiorrespiratoria dentro de la sala del imán, pulsación o no de los equipos de interrupción en caso de incendio…)
- No existe Procedimiento que nos permita Comunicar y analizar accidentes e incidentes.
ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN. ¿Por dónde Empiezo?
El artículo 4 del R.D 299/2016 “Disposiciones encaminadas a evitar o reducir la exposición”, en su apartado 2 nos define el Plan de Acción como un documento que incluye medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere los VLE relacionados con efectos para la salud o los VLE relacionados con efectos sensoriales…, y que el mismo debe prestar especial atención a los siguientes aspectos:
- la adopción de métodos de trabajo que conlleven una exposición menor a campos electromagnéticos.
- la elección de equipos que generen campos electromagnéticos menos intensos, teniendo en cuenta el trabajo al que se destinan.
- medidas técnicas para reducir la emisión y exposición, incluyendo, cuando sea necesario, el uso de sistemas de bloqueo, blindajes o mecanismos similares de protección de la salud.
- medidas adecuadas de delimitación y acceso, como señales, etiquetas, marcas en el suelo, barreras para limitar o controlar el acceso.
- en caso de exposición a campos eléctricos, medidas y procedimientos para controlar las corrientes de contacto y las descargas en forma de chispa, mediante métodos técnicos y formación de los trabajadores.
- programas adecuados de mantenimiento de los equipos de trabajo, y de los lugares de trabajo y los puestos de trabajo.
- el diseño y la disposición de los lugares y puestos de trabajo.
- la limitación de la duración e intensidad de la exposición.
- la disponibilidad de equipos adecuados de protección individual.
¿Por dónde Empiezo?
Elaboración
Básicamente se trata de redactar e implementar un documento que transcriba y adapte a nuestra práctica las recomendaciones emitidas por la normativa vigente y organismos de referencia en esta materia, proporcionando a cualquier persona que acceda al Servicio/ Unidad asistencial (pacientes, trabajadores, etc..) unos niveles de seguridad óptimos. Incluirá medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar o minimizar la exposición a los riesgos derivados a agentes físicos (Campos electromagnéticos).

La elaboración del Plan de Acción trata de evitar las causas previsibles origen de incidentes, accidentes y emergencias varias, y en caso de producirse, poder dar respuesta salvaguardando las vidas humanas y minimizando los daños materiales, el Plan incidirá no sólo en las actuaciones ante estas situaciones, sino también con carácter previo, en el análisis de los riesgos, y en la adopción de medidas preventivas y de control de los mismos.
El Plan de acción contemplara los aspectos señalados en el R.D 299/2016 a los que debemos prestar atención y que hemos indicado anteriormente, aunque en el algún caso nos resulte complicado, como puede ser el apartado i) disponibilidad de equipos adecuados de protección individual, ya que los equipos de protección individual frente a CEM (Campos electromagnéticos) disponibles en la actualidad no son apropiados para el trabajo en salas de RM.
Debemos de partir de la idea de que el documento elaborado constituya un documento, eficaz, sencillo, esquemático y de fácil lectura e interpretación, tanto para el personal de la actividad, que lo debe ejecutar, como para los Servicios de Urgencias que pudieran utilizarlo o analizarlo ante una emergencia.
Podemos empezar por consultar el Apéndice 1 del Manual de la ACR (American College of Radiology), en el mismo encontraremos una lista de verificación con la que comparar y auditar las condiciones en las que se encuentra nuestro Centro.
Todo lo referente a Seguridad en RM se basa en los siguientes puntos, puntos que incluiremos en los diferentes apartados que conformarán el Plan de Acción de nuestro Centro.
Debemos incluir un apartado en el que justifiquemos que para la obtención de imágenes de RM en la actualidad se precisa el empleo de CEM (Campos electromagnéticos) y que estos serán lo menos intensos posibles para realizar cada exploración en concreto.
- Conocer los Riesgos específicos de la RM, así como sus principales acciones Preventivas.
- Clasificación del Personal. Responsabilidades “asignar roles” del personal con respecto a la Seguridad.
- Señalización y Clasificación de Zonas.
- Identificación de materiales /Control de material que se introducen en la Sala de RM.
- Identificación adecuada de los equipos de interrupción, localización y criterios de uso.
- Restricción de Acceso y adecuada supervisión en las Zonas III y IV.
- Formación y Entrenamiento del Equipo. Capacitación del Personal.
- Adecuado Cribado del Paciente. Manejo de implantes y cuerpos extraños. Pautas de protección auditiva.
- Establecer Procedimientos de Emergencias (Efecto misil, Quench, Fuego, Parada Cardiorrespiratoria…)
- Atención diaria del equipo (Mantenimientos, Líquidos criogénicos …) y de la Actividad. Comprobaciones periódicas.
- Cuidado en el uso de contrastes (base gadolinio-rango seguridad alto) y anestesia.
- Libro de incidentes. Comunicación y análisis de accidentes e incidentes.
Debemos incluir un apartado en el que justifiquemos que para la obtención de imágenes de RM en la actualidad se precisa el empleo de CEM (Campos electromagnéticos) y que estos serán lo menos intensos posibles para realizar cada exploración en concreto.
Para establecer las medidas de delimitación y acceso es útil y sencillo utilizar la clasificación en zonas que propone el American Collegue of Radiology (ACR).
Clasificación de Zonas
Para establecer las medidas de delimitación y acceso es útil y sencillo utilizar la clasificación en zonas que propone el American Collegue of Radiology (ACR).
ZONA I– incluye todas las áreas que son de libre acceso para el público en general.
ZONA II– Esta área es la interfaz entre el acceso público, sin control. Zona I y la estrictamente controlada Zonas III y IV. Por lo general, los pacientes son recibidos en la Zona II y se pueden mover libremente, pero con supervisión. Es en la Zona II, donde se recomienda preparar a los pacientes, hacer entrevistas, etc.
Zona III– Área controlada bajo supervisión de personal RM. En esta zona, el libre acceso de personal no RM, objetos o equipos ferromagnéticos puede suponer una lesión grave o una muerte por la interacción con el entorno de la RM.
Zona IV– Esta zona es sinónimo de sala donde se localiza el imán, por definición, siempre se encuentra dentro de la Zona III, debe de haber un control permanente de acceso a la zona IV.
A continuación, se adjunta una propuesta de señalización y un ejemplo de delimitación de Zonas.


Clasificación del Personal
Para la Clasificación del Personal y la Asignación de Roles y responsabilidades con respecto a Seguridad, podemos emplear “adaptando siempre a nuestra práctica” lo contemplado por el Colegio Americano de Radiología (ACR) en su manual de Seguridad en RM, que a su vez deriva de distintos documentos de consenso como “Recommended responsibilities for management of MR safety”.
A grandes rasgos, la Clasificación de Personal la haremos de la siguiente manera.
Personal no RM (Nivel 0).
Personal RM (Niveles 1 y 2).
Personal no RM Nivel 0: Los pacientes, acompañantes, visitantes o el personal de la instalación (personal de otros servicios, incluso radiólogos sin relación habitual con RM…) que no cumplan con los criterios del Personal de Resonancia Magnética (RM) de Nivel 1 o Nivel 2. Acceso Supervisado.
Personal RM Nivel 1: Las personas que cuenten con la formación suficiente para garantizar su propia seguridad y que no representan una amenaza potencial para ellos mismos o para otros. Personal de radiología o servicios relacionados (anestesia, UCI) con formación básica sobre comportamiento en el entorno de la RM. Acceso No Supervisado.
Personal RM Nivel 2: Las personas que han recibido una formación más extensa que los de Nivel 1. Formación periódica avanzada en seguridad. Supervisa el Acceso de Nivel 0.
Asignación de Roles y Responsabilidades con respecto a Seguridad
Como se ha reseñado anteriormente, para la asignación de Roles y Responsabilidades podemos adaptar a nuestra práctica la solución propuesta por consenso de las sociedades científicas y médicas con mayor representación en Europa.
La propuesta, es la siguiente:
Una persona que sea responsable operativamente de la instalación. Un médico radiólogo al que denominaremos director Médico de la Instalación. Magnetic Resonance Medical Director (MRMD.)
Será responsable de la formulación y aplicación de políticas y procedimientos que garanticen la seguridad de los pacientes, trabajadores de RM y otras personas en el entorno de RM.
Uno o varios técnicos a los que denominaremos Oficial de Seguridad. Magnetic Resonance Safety Officer (MRSO.)
Será responsable de la implementación diaria de las políticas de seguridad del Centro de trabajo.
Estas dos figuras serán la configuración mínima en cualquier Centro, adicionalmente de define un Rol denominado Experto en Seguridad en RM. Magnetic Resonance Safety Expert (MRSE). Se trata de un recurso para MRMD y MRSO para problemas de seguridad de RM, puede ser externo a la organización, a menudo un físico. Como sus funciones son las que se indican a continuación, la realidad en España es que esta figura la asuma un radiólogo con experiencia.
- Asesoramientos en el marco de la Seguridad para el entorno RM.
- Consejos de seguridad con respecto a procedimientos RM no rutinarios, que incluyen dispositivos implantados y otros problemas similares.
- Proporcionar experiencia relacionada con eventos adversos.
El International Board of Magnetic Resonance Safety (IBMRS) realiza exámenes de acreditación de la capacitación de seguridad en entornos de RM, tanto para Estados Unidos como Internacionales.
Etiquetado e identificación de materiales
Para los Criterios de etiquetado e identificación de materiales podemos emplear los términos de etiquetado de la US Food and Drug Administration (FDA) desarrollados por la American Society for Testing Materials (ASTM)

IMPLANTACIÓN
Para que el Plan de Acción sea realmente operativo, es de vital importancia que todo el personal con participación activa en el mismo esté formado y capacitado para desempeñar las funciones que les han sido asignadas. El grado de formación será en función de las responsabilidades que se le hayan asignado a cada persona.
La Formación y Capacitación del personal debe tener una parte general para todos los trabajadores, y una parte específica, adaptada a los diferentes puestos de trabajo. No debemos olvidarnos de los servicios no asistenciales como puede ser limpieza, seguridad, mantenimiento…
El desconocimiento de los Riesgos, la ausencia de formación e información, o informaciones contradictorias es lo que provoca el riesgo en sí, o hace que aumente la sensación de peligro.
Se recomienda una formación inicial, que debe repetirse para los nuevos empleados (nuevas contrataciones), especialmente los que trabajen directamente en Zonas III y IV. La periodicidad mínima será la que figure detallada en el propio Plan.
Se recomienda realizar Simulacros de Entrenamiento durante las Formaciones, pueden parecer ejercicios tontos, pero preparan respuestas que en la emergencia se bloquean en la mente, además de atemperar el impulso de responder de inmediato, de esta manera minimizaremos los riesgos para pacientes, personal y equipos. Cuantas veces, cuando ha pasado algo y luego piensas podía haber… las veces que revives ese momento.

CONCLUSIONES FINALES
Espero que la lectura del presente artículo, genere inquietudes y facilite la elaboración del Plan de Acción en cada Centro. No debemos olvidar que el desconocimiento de la Ley no exime de la responsabilidad de su cumplimiento. La RM es Segura, pero no carente de Riesgos.
La situación que vivimos actualmente y que será seguramente la tendencia a futuro es el aumento de estudios de RM, la proliferación de equipos, el uso de equipos con mayores intensidades del campo principal y un aumento considerable de pacientes portadores de dispositivos implantables. Todos estos factores pueden materializarse en un aumento de accidentes e incidentes si no se toman determinadas acciones preventivas, además de generar importantes costes, por daños materiales, cese de actividad o por posibles indemnizaciones.
La elaboración de un Plan de Acción en nuestro Centro, además de constituir una obligación legal, nos servirá como herramienta fundamental para desarrollar e implementar todos los aspectos que abordan la Seguridad en RM, contribuyendo así a evitar incidentes o accidentes y favoreciendo el trabajo en entornos cada vez más seguros para pacientes y profesionales.
Bien es cierto que, si de verdad queremos evitar incidentes o accidentes y trabajar en un entorno seguro, debemos invertir en Cultura de Seguridad, esta inversión no se debe limitar únicamente a elaborar protocolos o distinta documentación obligatoria por Ley. La Seguridad en RM requiere de una implantación real de la misma, capacitando y formando al personal con participación activa para desempeñar las funciones que les han sido asignadas. Comprender y conocer los riesgos nos va permitir evitarlos. Es Rentable invertir en Formación.
Por último, sería de gran utilidad favorecer una notificación y registro no punitivo (si castigamos, nadie nos va a decir nada y el error se va a perpetuar) de Accidentes e incidentes, así como articular la misma a nivel nacional. Esta actitud nos va a permitir aprender de los errores y evitar que se vuelvan a repetir, modificando protocolos e implantando acciones preventivas.
NORMATIVA APLICADA Y REFERENCIAS
- R.D 299/2016, de 22 de julio, sobre Protección de la Salud y la Seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a Campos Electromagnéticos.
- Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- R.D 393/2007, de 23 de Marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los Centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
- R.D 513/2017, de 22 de Mayo, que aprueba el nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
- R.D 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- R.D 486/1997, de 14 de Abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- R.D 286/2006, de 10 de Marzo, sobre la protección de la Seguridad y Salud de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
- R.D 614/2001, de 8 de Junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
- R.D 298/2006, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.
- R.D 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, en materia de coordinación de actividades empresariales.
- R.D 485/1997, de 14 de abril, Señalización de Seguridad y Salud en el trabajo.
- ACR Manual on MR Safety 2026 ACR Committee on MR Safety.
- MRI Safety Guidelines Version 3.0 2021. The Royal Australian and New Zeeland College of Radiologists.
- Safety Guidelines for Magnetic Resonance Imaging Equipment in Clinical Use. February 2021. Medicines and Healthcare products Regulatory Agency.
- Capelastegui A, Fernández-Cantón G, Fernández-Ruanova B. [The safety of magnetic resonance imaging: and analysis based on a review of incidents at the Osatek Center]. Radiologia. agosto de 2006;48(4):225-34.
- Página web http://www.mrisafety.com/ (referencia para consultar la compatibilidad de dispositivos).
- NTP 894 Campos electromagnéticos: evaluación de la exposición laboral. Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo.
- NTP 1063 Imagen mediante Resonancia Magnética (I): técnica, riesgos y medidas preventivas. Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo.
- NTP 1103 Imagen mediante resonancia magnética (II): efectos para la salud y RD 299/2016. Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo.
- Articulo. Revista Seguridad y Salud en el Trabajo. Recomendaciones preventivas generales en el uso de equipos de Resonancia Magnética de alto campo (1,5 y 3 Teslas) para aplicaciones clínicas. Eva Alfayate Sáez, Javier Gálvez Cervantes.
- Ponencia Plan de Seguridad RM. Dr. Luis Concepción Aramendía.
- Seguridad en RM: una guía visual, Introducción a la seguridad en resonancia magnética. Pablo Valdés Solís.
Cómo citar este artículo:
Rasines Gómez, A. (2026). Seguridad en Resonancia Magnética. Tenemos implantado un Plan de Acción en nuestro Centro. ¿Es obligatorio? ¿Por dónde empiezo? Prevencionar.
https://prevencionar.com/2026/09/29/seguridad-resonancia-magnetica-plan-accion-centro
















