
El alto tribunal establece un cambio de criterio sobre los plazos que los afectados tienen para cursar las demandas.
No es la primera sentencia de una víctima de amianto que llega al Tribunal Supremo, ni tampoco la que fija la mayor indemnización a un familiar de un fallecido, pero un reciente fallo del alto tribunal acaba de sentar un precedente importante para los que luchan en la vía judicial. La resolución permite que se reconozcan los daños que ha causado a miles de trabajadores el uso de material cancerígeno.
El Supremo acaba de dar la razón a la viuda de un trabajador naval de Ferrol, que murió a consecuencia de su exposición al amianto, y que ya había logrado en el 2006 una sentencia favorable en el Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, que había condenado a su empresa a abonar una indemnización de 87.990.30 euros. Sin embargo, la empresa recurrió al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que en el 2010 le dio la razón, al alegar que la demanda se había presentado fuera de plazo, entendiendo que debería formalizarse en el período de un año desde que el trabajador tuvo constancia de padecer esa enfermedad profesional, lo que sucedió en marzo del 2003, y no tras el fallecimiento.
Tras el fallo negativo del TSXG, la mujer recurrió al alto tribunal con sede en Madrid. Ahora el Supremo establece que, con independencia de que el trabajador pudiese haber solicitado la pertinente compensación, el hecho de que no lo hubiera hecho «no supone merma alguna del derecho de sus herederos a reclamar indemnización de daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su causante».
El abogado de la demandante, aseguró que, hasta ahora, el TSXG hacía una interpretación distinta de cuándo terminaba el derecho de los perjudicados a reclamar por las lesiones del amianto. De hecho, el TSXG denegaba muchas de las sentencias ganadas por los familiares en las salas ferrolanas usando precisamente ese criterio. De ahí la importancia de este fallo para el colectivo, ya que sienta precedente.
Fuente: La Voz de Galicia