El próximo 1 de diciembre entra en vigor la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Hasta la fecha lo habitual era que los trabajadores de baja debían acudir a visita médica cada semana emitiéndose partes semanales de confirmación de baja. Este sistema cambia con la nueva norma.
En relación a la expedición y tramitación de partes de baja, confirmación y alta, se introducen las siguientes medidas:
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Ingeniero Técnico Industrial. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Auditor de Sistemas de Prevención. Perito Judicial en Prevención de Riesgos Laborales. Curso en Coordinación de Seguridad y Salud en Obras de Construcción. Máster Iberoamericano en organizaciones saludables e innovación en la gestión de personas. Actualmente trabajador de ASEPEYO Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 151 con amplia experiencia en gestión y asesoramiento en prevención de riesgos, coordinación de seguridad y salud, seguridad industrial e integración preventiva en sistemas de excelencia empresarial.
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Buenos días: Muy interesante. Mer podrían indicar si se puede desc ...
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