
Los datos del Informe de siniestralidad del Trabajador Autónomo, elaborado por el INSHT, ponen en relieve el alto índice de accidentes graves y mortales de este sector respecto a los trabajadores asalariados.
Una de las causas de esta alta siniestralidad, es que al no tener obligación legal de mantener una estructura preventiva si no contratan trabajadores es que no contemplan aspectos preventivos en su gestión, desconociendo en su mayoría que en el caso de trabajar subcontratados y concurriendo con otras empresas tienen las mismas obligaciones que éstas en materia de coordinación de actividades empresariales.
Ante esta situación, es muy habitual que el trabajador autónomo que ha sido contratado por un empresario para hacer una actividad en su centro, no entienda, por ejemplo, por qué le están solicitando una evaluación de riesgos, o que tenga que hacer un curso en prevención; negándose incluso a invertir su tiempo y recursos en cumplir con aquello que le requieren haciendo uso del argumento “la Ley no me obliga porque soy autónomo”. Todo ello genera pérdidas de tiempo, falta de productividad, conflictos e incluso que en ocasiones, si el trabajo que ejecuta es urgente, el empresario autorice el acceso del autónomo que no cuenta con un servicio de prevención que le asesore, asumiendo su responsabilidad en caso de accidente de éste o ante requerimiento de la inspección de trabajo. Si se tiene en cuenta que sectores como la construcción o logística, cuya actividad es comúnmente contratada, cuentan un alto porcentaje de mano de obra autónoma, estamos ante una problemática de grandes dimensiones.
Entonces, si trabajas con autónomos ¿cómo garantizas tu seguridad y la de aquellos que contratas?, ¿qué debes hacer para garantizar una correcta coordinación?, ¿qué documentos estás obligado a solicitarle?, ¿cómo cumples el deber “in vigilando”?
- El trabajador autónomo debe informarte acerca de los riesgos de su trabajo y tomar las medidas necesarias para prevenirlos .Para poder cumplir esta obligación es preciso que el trabajador autónomo identifique los riesgos de su actividad y lleve a cabo una calificación de los mismos mediante la evaluación de riesgos, la cual suele ser realizada por un Servicio de Prevención Ajeno que ha de contratar.
- Debes informarle acerca de los riesgos que proyectan los demás trabajadores concurrentes sobre él, así como sobre las situaciones de emergencia que se produzcan. Para que te asegures de que la transmisión de información ha sido eficaz y que puede actuar con garantías en caso de emergencia o accidente, deberás requerirle una formación mínima en prevención de riesgos laborales (que ha de contratar)que le permita asimilar la información facilitada así como cumplir las instrucciones dadas Deberían ser, como ejemplo: señalización y limitación de acceso zonas especialmente peligrosas del centro de trabajo y especificaciones relativas al uso de máquinas, equipos…
- En base a tu deber de control previo al inicio de los trabajos deberás comprobar que el trabajador autónomo es apto para el trabajo a realizar teniendo en cuenta los riesgos a los que está expuesto en tu centro (certificado de aptitud médica), verificarás que posee los equipos de protección individual que marca su evaluación de riesgos y la de la zona donde va a trabajar (acreditación posesión de EPIs) y que ha recibido la información y formación necesaria para ejecutar su trabajo en condiciones seguras (Certificados formativos y registros entrega de información)
- Deberás comprobar en el transcurso de los trabajos contratados, en el caso de que le contrates una actividad propia, que éstos se ejecutan en condiciones seguras, respetando el cumplimiento de instrucciones indicadas. La forma más común de ejercer tu “deber in vigilando” es mediante la realización de inspecciones de seguridad.
CTAIMA Outsourcing & Consulting SL consciente de la dificultad que muchas empresas tienen al trabajar con empresarios autónomos al querer cumplir con el art. 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades empresariales, pone a su disposición un equipo de profesionales, técnicos superiores en prevención de riesgos, que mediante la aplicación web CTAIMACAE.net le asesorarán en la correcta gestión de éste colectivo cuando trabaja en concurrencia con otras empresas.
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