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PrevenConsejos: procedimiento para la gestión de los riesgos durante el embarazo y la lactancia natural

Las Directrices para la evaluación de riesgos y protec­ción de la maternidad en el trabajo, elaboradas por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud  en el Trabajo (INSST), recomiendan a las empresas disponer de un procedimiento por escrito que señale el proceso que se ha de seguir desde el momento en que una trabajado­ ra comunica su estado de embarazo o lactancia natu­ ral, con el objetivo de poner en marcha las actuaciones necesarias y garantizar la salud de la trabajadora y su descendencia.

Como procedimiento entendemos el proceso espe­ cífico de realizar una actividad, y tiene que incluir como mínimo qué se hace, cómo se hace y quién ejecuta las actuaciones, y cómo se evaluará. Un procedimiento debe tener dos características básicas: su redacción debe ser lo suficientemente clara para que el conjunto de las personas que forman parte de la empresa entien­ dan y sepan cómo actuar ante cada situación y debe realizarse con la participación del conjunto de los acto­ res de la empresa.

Para realizar un procedimiento en torno a la preven­ ción de riesgos durante el embarazo y la lactancia, es necesario que las actividades básicas de protección de la maternidad estén desarrolladas: evaluación de ries­ gos, planificación de la actividad preventiva y relación de puestos de trabajo exentos de riesgos. Como señala el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Labo­ rales (a partir de ahora, LPRL), la evaluación de riesgos inicial debe contemplar los riesgos durante el embarazo y la lactancia y, a partir de dicha evaluación, el empresa­ rio deberá determinar la relación de puestos de trabajo exentos de riesgos, esta última, previa consulta con la re­ presentación legal de los trabajadores y trabajadoras. En cualquier supuesto para realizar la evaluación de riesgos, es imprescindible contemplar las tareas que se realizan en el puesto de trabajo y, en caso de situación de em­ barazo y lactancia, es imprescindible para poder hacer efectiva la adaptación de las condiciones o el tiempo de  trabajo, con el fin de que la trabajadora pueda continuar realizando las tareas en su puesto de trabajo garantizan­ do que no existen riesgos para la salud.

Ante la comunicación de una trabajadora de la situa­ ción de embarazo o lactancia, se realizará una evaluación de riesgos adicional, y una vigilancia de la salud a la trabajadora para determinar, en este caso concreto, la posible existencia de factores de riesgo laboral que pue­ dan influir negativamente sobre la salud de la trabajadora y la de su descendencia y decidir si es necesario poner en marcha alguna actuación para evitar dicho impacto. En cualquier caso, se deberán establecer evaluaciones de riesgo periódicas y de revisión, en el caso de que cambien las condiciones de trabajo o las características de la trabajadora. El objetivo de la evaluación adicional es comprobar que las condiciones de trabajo no se han modificado en relación con la evaluación de riesgos ini­ cial, y el objetivo de vigilancia de la salud es realizar un seguimiento personalizado con la trabajadora, con el fin de recoger la percepción y experiencia de la relación en­ tre las condiciones de trabajo y la situación de embarazo y lactancia, y determinar si es necesario adoptar alguna medida complementaria; en ningún caso se trata de rea­ lizar el seguimiento clínico, ya que esta función se asume desde el sistema público de salud (ver NTP 915- Embara­ zo, lactancia y trabajo: vigilancia de la salud).

Siguiendo el principio de que la identificación de ries­ gos, y en su caso la evaluación de riesgos, y la planifica­ ción de la actividad preventiva, son procesos continuos, si la evaluación de riesgos adicional pusiese de manifies­ to un nuevo riesgo no detectado durante la evaluación de riesgos inicial, se deberá proceder a actualizar esa evaluación y la correspondiente relación de puestos de trabajo exentos de riesgo.

Para la elaboración de la propuesta de procedimiento presentado en esta NTP se ha seguido la Guía metodo­ lógica para la elaboración de protocolos basados en la evidencia, editada por el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, adaptándose a las prácticas y normativa re­ lacionada con la prevención de riesgos laborales.

La propuesta que presentamos a continuación se ha realizado tras la consulta de procedimientos publicitados en internet, una parte importante de ellos desarrollados en el sector de actividad sanitaria. En este caso, reco­ mendamos la lectura de la “Guía de valoración de los riesgos laborales en el embarazo y la lactancia en traba­ jadoras del ámbito sanitario”, mencionada en el apartado de bibliografía de esta NTP.

Como cualquier propuesta, es necesario adaptarla a la organización y prácticas habituales de la empresa, y sería un error realizar una transcripción literal.

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