
Todo empresario es susceptible de generar daños a un tercero, ya sea trabajador propio o externo. Con el fin de evitar el pago de cuantiosas indemnizaciones, el Seguro de Responsabilidad Civil ampara a la compañía haciéndose cargo de las elevadas compensaciones a las víctimas.
Cuando el empresario incumple sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, el empresario debe hacerse cargo de las responsabilidades administrativas, penales y civiles por los daños que se han derivado de su actividad y comportamiento incorrecto, así como responder al deber de reparar económicamente los perjuicios causados a otras personas.
Cabe destacar, que cuando la infracción es provocada por un contratista y/o subcontratista, el empresario titular responde a los delitos cometidos por sus empleados externos, asumiendo el coste del accidente, pero
¿Qué pasa si no dispones del Seguro de Responsabilidad Civil de tus contratas?
Con el fin de que el empresario titular se asegure de que el contratista y/o subcontratista tiene solvencia para asumir los costes de los daños producidos en sus instalaciones, es necesario disponer del Seguro de Responsabilidad Civil, ya que la ley podría establecer responsabilidades a la parte contratada frente un problema.
Por este motivo deben probar tener el Seguro de Responsabilidad Civil subscrito y acorde con la legislación de aplicación:
· Sección 8 de la Ley 50/80, de 8 de octubre, modificada por la Ley 20/2015 de 14 de julio, de Contrato de Seguro, art.75: “Será obligatorio el Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio de aquellas actividades que por el Gobierno se determinen”.
· Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios. art. 9 c): “Las empresas mantenedoras-instaladoras deberán tener cubierta la responsabilidad civil mediante la suscripción de un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por la cuantía que se indique en la correspondiente Instrucción Técnica Complementaria”
Hoy en día, en la gestión de la coordinación de actividades empresariales y la organización preventiva, contratar un Seguro de Responsabilidad Civil es muy importante, dado que la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil no se limita a tu compañía. Para garantizar que estás cubierto ante cualquier accidente o incidente en tus instalaciones o las de tu cliente, debes exigir a todas las empresas que subcontrates:
- Que dispongan de un Seguro de Responsabilidad Civil y que estén al corriente de pago con la compañía aseguradora, para garantizar la vigencia.
- Deberás comprobar el alcance y coberturas del seguro de tus contratistas para asegurarte que cubre los riesgos de las actividades desarrolladas en tu centro de trabajo.
- Exigirás la cobertura de una cuantía mínima que cubra posibles indemnizaciones, evitando así responder con tu propio patrimonio en caso de daño.
En CTAIMA Outsourcing & Consulting, S.L conscientes de que la revisión documental de los documentos exigidos a tus subcontratistas es cada vez mayor y más compleja, pone a su disposición:
- El servicio de Consultoría en Coordinación de Actividades Empresariales, formado por un equipo de técnicos especializados que te asesora ante todas tus dudas y consultas sobre la documentación que solicitar a tus contratistas.
- Un servicio de revisión documental a cargo de técnicos superiores en Prevención de Riesgos Laborales que garantiza un amplio conocimiento a la revisión de documentos de orden laboral y/o jurídica, como es el Seguro de Responsabilidad Civil.
- La solución tecnológica CTAIMACAE.net, un avanzado software-as-a-service multifunción referente en el mercado español e implantado con éxito en Argelia, Alemania, Italia, Portugal y Reino Unido para la prevención de riesgos laborales y para la gestión integral de la coordinación de actividades empresariales, que te permite estar al día mediante el recibo de avisos en cuanto se detecta la próxima caducidad de los documentos de tus contratistas, así como custodiando todos los documentos en caso de inspección y/o sanción. Por otra parte, el software comprueba si las empresas contratistas cumplen con la vigencia de la póliza del seguro y del comprobante de pago.
Ya somos más de 43.000 empresas con más de 335.000 trabajadores y 66.000 usuarios gestionados.

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